Obligaciones ante la Unidad de Análisis Financiero (UAF): Prevenir el lavado de activos es una responsabilidad de todas aquellas actividades económicas riesgosas y sujetos obligados, para lo cual se requiere cumplir con serie de requerimientos establecidos por la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y las Superintendencias respectivas (SVS, SBIF, SAFP).
La Ley N° 19.913, creó la UAF, Unidad de Análisis Financiero tipificando en Chile el delito de lavado de activos.
El objetivo de la UAF es que Chile cuente con una institución especializada para prevenir y controlar el lavado de activos, impidiendo la utilización del sistema financiero, y de otros sectores de la actividad económica, para legitimar ganancias ilícitas.
La Ley N° 19.913 ha sufrido importantes modificaciones desde del año 2003. En el año 2006 (ley 20.119) se incorporaron más sujetos obligados a informar a la UAF y estableció sanciones administrativas, de acuerdo a la gravedad y reiteración de los hechos materia de la infracción cometida.